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El lado oscuro de la fotografía: Residuos Peligrosos

Durante el último seminario organizado por CIFA, el ingeniero David Rusansky dictó una esclarecedora charla sobre los aspectos más importantes de este tema, tan árido como preocupante. A partir de ella se elaboró este informe. Además de las consideraciones éticas y económicas, debe tenerse presente que no cumplir con las normas ambientales es un delito penal.

Introducirse en un tema tan delicado como el de los residuos peligrosos resulta complejo, porque para redondear un criterio empresarial es imprescindible manejar cierta información técnica, legal e incluso económica y hacer una síntesis adecuada. Una aproximación al tema debe considerar el enfoque gremial, desarrollado desde la Cámara de la Industria Fotográfica Argentina ( CIFA), pero también la conducta individual de cada minilab, en la que deberán cuidarse aspectos políticos, prácticos y estratégicos de gran importancia, que iremos analizando a lo largo del articulo.

Aspectos técnicos

El revelado fotográfico genera dos tipos de residuos: líquidos y sólidos

Residuos sólidos
Son residuos sólidos los chasis, las cajitas de cartón, los colitas, los bidones de los químicos, etc. El primer dato, que nadie debería desconocer, es que el CEAMSE, organismo que administra el retiro de la basura de la Capital Federal y el Gran Buenos Aires, autorizó formalmente, por escrito, que los laboratorios fotográficos tiren sus residuos sólidos como si fueran residuos domiciliarios, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
1) Enjuagar previamente los recipientes plásticos que contenían químicos y volcar el agua de enjuague al tanque donde se vierten los residuos líquidos.
2) Cortar dichos recipientes por la mitad, de modo que nadie pueda volver a usarlos.
3) Almacenar las colitas, porque contienen plata, metal contaminante. Cuando se alcance una cantidad importante de colitas almacenadas, habrá que mandarlas a destruir por medio de un transportista y un tratador externo, que deberán estar autorizados por la secretaría de Política Ambiental

Cumpliendo estas condiciones, los residuos sólidos no representan ningún problema. Sin embargo, como veremos más adelante, la Policía Federal Argentina, que tiene una División de Delitos Ecológicos, suele hacer actas de infracción a los laboratorios de la Capital Federal. Con la documentación del CEAMSE que se dispone en la Cámara, que está a disposición de los laboratorios, el tema puede ser resuelto favorablemente.

Residuos Líquidos

Los residuos líquidos son los desbordes de los minilabs.

Componentes.

La Guide to Polution Prevent for the Photoprocessing Industry (Guía para la prevención de la polución en la industria del fotoacabado) de la Enviromental Protection Agency (E.P.A) de los Estados Unidos, equivalente a la Secretaria de Medio Ambiente de Argentina, dice en su introducción: "Los laboratorios fotográficos primariamente generan residuos acuosos en sus procesos de operaciones, cuyo contaminante más importante es la plata que se presenta como un complejo de Tiosulfato de Plata." La plata es un metal pesado y bactericida.
Pero los residuos líquidos, además de plata, contienen amonio, hierro, sulfatos, sulfitos, tiocianatos y CD3 y CD4 [N4-etil-N4-(2-) -2-metil-1.4-fenilendiamina] y [N4-etil-N4-(2-hidroxietil)-2-metil-1.4-Fenilendiamina] (reveladores cromáticos).
¿Qué grado de peligrosidad tienen todos estos componentes? Para dar una idea de su baja aptitud contaminante, señalemos lo siguiente:
• Los quelatos y quelantes se utilizan en alimentos, el hierro y el sulfato están presentes en medicinas, el amonio se usa como fertilizante en el campo.
• Las pocas precauciones que exigen las severas normas internacionales, se refieren al tiocianato en estado sólido, advirtiendo que no se lo vuelque en un ácido. También dicen que esta sustancia, relativamente no peligrosa, puede ser vertida al sumidero si se disuelve en un gran volumen de agua. Y en el descarte fotográfico está diluido 150 veces.
• Además, debe tomarse en cuenta que en la Ley Nacional 24.051, que identifica a los productos peligrosos, el único Tiocianato que figura es el de Zinc, cuya peligrosidad se origina precisamente en el propio metal, que es sumamente nocivo pero que no está presente de ninguna forma en los residuos fotográficos.
Podría decirse, entonces, que los elementos presentes, a excepción de la plata, carecen de peligrosidad. De hecho, los reveladores fotográficos figuran en el Index Merk, como un producto químico carente de peligrosidad.
Por lo tanto, si los residuos fotográficos se desplatizan, el liquido residual no tiene componentes cuya capacidad contaminante sea tan importante como para dudar en volcarlo a la cloaca. Pero insistimos, después de desplatizarlo.
En el mundo existe una corriente de pensamiento que sostiene que el tiosulfato de plata no tiene peligrosidad alguna, por lo que se está luchando para que el residuo fotográfico deje de ser considerado peligroso (En EE.UU. ello es sostenido por The Silver Council). Sin embargo, esos mismos sectores puntualizan que cuando la plata deje de ser considerada peligrosa, se deberá seguir desplatizando los residuos fotográficos, porque la plata es un recurso natural no renovable. En una enorme cantidad de casos representa, además, un recupero económico interesante.

Cualidades de los componentes.

La ley de residuos peligrosos plantea que los residuos deben controlarse, no sólo por sus componentes, sino por sus posibles cualidades peligrosas, como por ejemplo, que sean fuertemente ácidos o alcalinos, corrosivos, etc.
Dentro de ese esquema, el residuo fotográfico es fuertemente ácido (el blanqueador-fijador) o básico (el revelador). Por ello es importante que no se los vuelque separadamente, sino previamente mezclados, eventualmente usando un dosificador como recomienda Kodak, con lo que se neutralizarían antes de tirarlos a la cloaca, resolviéndose este punto.
Sin embargo, subsiste un problema serio en el residuo fotográfico: tiene una altísima demanda biológica de oxigeno (DBO). Esto significa que vertido a la cloaca empieza a absorber oxigeno, restándoselo a la vida vegetal y animal de los cursos de agua. Las cantidades absolutas de líquidos residuales que genera la fotografía son bajas, pero la concentración de DBO es relativamente muy alta.
Este es un punto de conflicto. En los países avanzados lo vertido a la cloaca va a una planta de tratamiento que resuelve el problema antes de que los líquidos cloacales lleguen a los ríos, mares o lagos. Lamentablemente, no es así en la Argentina. No hay plantas de tratamiento. Entonces el Estado pide a los generadores de residuos que resuelvan el problema del DBO. Y estos alegan que la responsabilidad no es de cada uno de ellos sino del Concesionario de la Red de Aguas y/o del Estado de proveer ese servicio esencial que, en nuestro país, no se presta.
Un informe solicitado por la Cámara al INTI y a la Facultad de Ingeniería determinó, luego de sendos análisis, que no hay nada anormal en los residuos líquidos fotográficos salvo su excesivo DBO.

Aspectos legales

Desde 1993 rige la Ley Nacional 24.051 de residuos peligrosos. Es necesario enfatizar que se trata de una ley penal, cuyas infracciones además de multas en dinero, inhabilitación o clausura, prevén que se sancione las violaciones graves con privación de la libertad.
Esta ley establece las categorías que deben ser sometidas a control. Los desechos resultantes de la producción, preparación y utilización de productos químicos y materiales para fines fotográficos pertenecen a la categoría Y16, considerada mundialmente peligrosa por tener plata.
En el articulo 17 dice: "Los generadores de residuos peligrosos deberán adoptar medidas tendientes a disminuir la cantidad de residuos peligrosos que generen".
Igual concepto muestra la Ley de la Provincia de Buenos Aires y la nueva Ley Nacional 25.612, que se agrega a la Ley 24.051 sin derogarla.

En todos los casos se ofrece a los generadores tres opciones:
1) Tratar los residuos in-situ (en nuestro caso, desplatizar).
2) Dárselos a un transportista autorizado para llevarlos a una planta de tratamiento externo.
3) Guardarlos en depósitos de características especiales.

Esta ley no especifica detalles de cómo actuar en cada actividad contaminante, como sucede en los EE.UU. donde el procedimiento a seguir está claro y cada industria (o en nuestro caso cada laboratorio) no tiene más que cumplir con una guía.
En la Capital Federal, la autoridad de aplicación de la Ley es la Secretaria de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental. Allí hay que presentar un formulario y declarar lo que cada uno hace con sus residuos, luego la Secretaría lo aprueba o no. O sea, se deja la solución en manos de la iniciativa individual. Lo mismo ocurre con la secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires.
Si los laboratorios fotográficos fueran grandes industrias, tal vez tendrían la capacidad técnica para resolverlo individualmente, pero dadas las circunstancias pareció razonable que nucleados en la Cámara, se tuviera la madurez técnica para desarrollar un proyecto común, sensato y posible para presentar en nombre de todos.

La propuesta de CIFA

Todavía no se ha logrado una solución definitiva. Por ahora, la Cámara tiene notas intercambiadas con la Secretaria de Medio Ambiente a nivel nacional y con la de la Provincia de Buenos Aires, que denotan un principio avanzado de acuerdo respecto a que se debería desplatizar.
Lo que sin dudas evitará problemas a los laboratorios es que se inscriban como generadores de residuos y hagan sus presentaciones. El costo de la Tasa que ello impone es del 1 por mil de la facturación asociada sólo a la generación de residuos. La Cámara hace el trámite sin cargo para sus socios y con cargo para los no socios.
Es conveniente recordar que la Policía Ecológica ha efectuado varias actas de infracción por lo encontrado en los residuos sólidos de los laboratorios. Al ver que son fotográficos, los consideran comprendidos en la categoría Y16 y elevan las actas a la justicia penal.
Hasta ahora, todos los afectados han sido sobreseidos, porque para que los jueces procesen a alguien debe haber una prueba de que contaminó y lo cierto es que los residuos sólidos no traen problemas.
Pero es importante destacar que en todos los casos, los jueces averiguaron previamente si el laboratorio estaba inscripto o no en la secretaría. Estar inscripto era, para ellos, una prueba de funcionamiento legal. Lo contrario hubiera sido equivalente a demostrar que el laboratorio era clandestino (desde el punto de vista penal).

Aspectos éticos

El hecho de vivir en una sociedad impone un mínimo de conductas dignas que todos deberíamos tener en nuestra vida diaria o, al menos, eso es lo que cabe esperar.
Es un imperativo moral con la comunidad, de la que nuestra familia es parte, que el laboratorio fotográfico no contamine el ambiente. Después de todo, allí se desarrollaran nuestros hijos y aspiramos a que también allí crezcan nuestros nietos.
Por otro lado, cuando un laboratorio tira directamente todos sus residuos a la cloaca sin preocuparse por nada, se pone en una situación ventajosa respecto de aquellos que respetan al medio ambiente tratando de hacer las cosas bien. Esto es grave, porque plantea una asimetría dentro del gremio, una ruptura de la convivencia y una especie de competencia desleal, que sin dudas no tiende de ninguna manera al bien común.

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